Este Tribunal mediante sentencia definitiva: la pena que en definitiva se aplicará en el presente asunto es de UN (1) AÑO Y CUATRO (4) MESES, más las penas accesorias que prevé el artículo 66 en sus ordinales 2do de la Ley Orgánica Especializada que rige la materia de violencia contra la mujer, relativas a la inhabilitación política mientras dure la pena , en concordancia con lo establecido en el artículo 67 de la Ley "In Comento" que regula la materia de Violencia Contra La Mujer, quedando obligado a presentarse por ante el Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia, a cumplir haciendo su primera presentación el día lunes 17 de marzo 2014. a las 8:30 horas de la mañana.