En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio del Estado Monagas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano LUÍS JOSÉ JIMENEZ IMPUTADO DE AUTOS Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº v- 3.042.310, quien es venezolano y mayor de edad, conforme a lo contemplado en los ordinales 2° y 3° del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda la CAPTURA del mismo a nivel nacional y en el lugar donde se le encuentre. En consecuencia, se acuerda oficiar a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y demás organismos de seguridad del Estado Monagas, Debiendo recluirlo a la Orden de este despacho Judicial en la Comandancia del estado Monagas.