Se Pública la sentencia mediate la cual este Tribunal CONDENA al ciudadano NAIXON JAVIER RODRIGUEZ, por haber ADMITIDO su participación en la comisión del delito ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en 111 de la Ley de Desrame y Control de armas, en perjuicio del ciudadanos RENNY JOSE CARABALLO y EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley.