Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos: JOSÉ LUIS MÁRQUEZ RIVAS y LUISA DEL CARMEN MACAYO DE MÁRQUEZ, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.356.033 y V-8.358.792, respectivamente y de este domicilio, en consecuencia de ello: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, según se evidencia en Acta de Matrimonio Civil, anotada bajo el Nº 114, folio 295, año 1.979, la cual riela en autos al folio (04 y 05) del presente expediente; demostrándose con ello, que en fecha 26 de Diciembre de 1.979, contrajeron Matrimon.....