Este Tribunal CUARTO de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en base a sus atribuciones legales CONDENA al ciudadano PEDRO RAFAEL ÁLVAREZ MOYA, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.308.688, por encontrarse responsable de la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el articulo 31, tercer aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir con la pena de DOS (02) AÑO Y OCHO MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano.-