En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, interpuesta por la Ciudadana CAROLINA LOPEZ ZABALA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 770 y siguientes eiusdem, Y ASÍ SE DECIDE.
Remítase a las Autoridades del Registro Civil correspondiente las copias certificadas de la presente decisión, debidamente ejecutada a los fines de que se coloque la nota marginal correspondiente en los libros de Acta de Matrimonio respectivo, en cuanto al reconocimiento hecho al ciudadano ORLANDO JOSE OLIVEROS, por su padre ROBERTO MUZZIOTTI (Difunto), de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 502 y 506 del Código Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRE.....