REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR Y URACOA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.-TEMBLADOR, 8 DE NOVIEMBRE DOS MIL ONCE.-
200° Y 152°
Por recibida el presente Comisión con motivo del procedimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION, emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, se admite por no ser contraria a derecho, se anota en el Libro respectivo bajo el número: 391/11. En consecuencia se hace entrega a la Ciudadana: NORIS HERRERA DE CABELLO, Alguacil de este Juzgado del oficio dirigido y signado con el numero: N° YP11.J-2011-000165 al Ciudadano: JOSE LUIS LIRA, titular de la cedula de identidad N° V- 11.205.965, a fin de dar c cumplimiento a lo ordena.....