Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal SEXTO de Primera Instancia Penal en Función de Control del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", CONDENA al acusado MO HUAJE, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de COMERCIALIZACION ILICITA DE MATERIALES ESTRATEGICOS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del Estado Venezolano.
Se condena igualmente a la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal, y se exonera del pago de las costas, de conformidad al artículo 26 de la Carta magna.
Se declara con lugar la solicitud de la defensora privada y se procede a revisar la medida privativa de libertad que peas sobre el acusado Decretando Medida Cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 242 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con presentacione.....