En fuerza de los razonamientos antes expuestos y por cuanto la inhibición presentada llena los requisitos legales, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declarar CON LUGAR la inhibición propuesta por la secretaria accidental de este Tribunal ciudadana MERIDA CARRASQUERO ya identificada, el 2 de diciembre de 2015 en el expediente signado con la nomenclatura de este Tribunal N° 0089-2014.
SEGUNDO: Se nombra como secretaria accidental para el presente expediente a la ciudadana, Marianni Del Carmen Hernández, González venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad N° 15.030.610, abogada, quien se encuentra debidamente juramentada. Expídase copia certificada de la presente decisión y hágase entrega a la secretaria accidental INHIBIDA para que tenga conocimiento que.....