En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CONDENA al ciudadano RAMON ERNESTO ASTUDILLO, identificado a los autos, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de ley, pena esta que resulta de la sumatoria de ambos extremos para el referido delito que establece una pena de Dos (02) a Siete (07) años de prisión, para luego aplicar la disminución de la pena hasta LA MITAD por imperativo del segundo aparte del artículo 375, que al efectuar la operación de sustracción queda como pena definitiva la señalada, a saber DOS (02) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley por la comisión del delito de SUPOSISION DE VALIDAMIENTO, previsto y sancionado en el Artículo 79 de la Ley Especial Contra la Corrupción, vigente para la fecha .....