RESUMEN
Fue recibida en fecha 28-10-2025, admitida el 28-10-2025, en este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de Divorcio fundamentada en (DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO) basado en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070, de fecha 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia., presentada por la ciudadana: MARILUX COROMOTO PEREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.163.563, domiciliada en el Sector Centro, Calle Ayacucho, Casa Nº 81, de la Localidad de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Monagas. Asistida por la abogada en ejercicio, EMIGLE EUKARINE SANTIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 13.813.740, civilmente hábil, abog.....