En el día hábil de hoy, 10 de Diciembre de 2009, siendo las 3:51 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano RAFAEL ANGEL ROMERO ROJAS en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Jackeline Blanco en su condición de Procuradora de Trabajadores y SUMACAELKE, C.A. y ELSO LUÍS ROMERO RODRÍGUEZ en su condición de parte demandada, debidamente asistida por los apoderados judiciales abogados José Pons y Leonardo Villalobos, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará al demandante la cantidad de seis mil bolívares (Bs. 6.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. .....