Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 05 y 06 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, ACUERDA el BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, al penado: WILLIAM JESÚS CERMEÑO CERMEÑO, quien es Venezolano, soltero, de 25 años de edad, natural de Maturín Estado Monagas, donde nació en fecha 14-12-85, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.079.206, de profesión u oficio Latonero, hijo de Araceli del Valle Cermeño (v) y de William José Cermeño (v) y domiciliado en: La Av. El Ejército, Calle 09, Casa N°. 18 de la Florida, cerca del taller Power Tunning, Maturín Estado Monagas; recluido actualmente en el Internado Judicial del Estado Monagas, .....