En atención a los antes expuesto, es por lo que este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda intentada por el Abogado OGUSTO PEÑA RAMIREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº v- 10.912.382, actuando en condición de Apoderado Judicial de la ciudadana ANGELA ROSA PEÑA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.395.067, por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra venta, contra el ciudadano Juan de Jesús Aguilar Tirado, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.619.628 y de este domicilio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria con fuerza definitiva.-
Dado, sellado y firmado en la Sala de .....