Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Defensor del acusado Osiris Rafael Guzmán Cordero, plenamente identificado en actas, contra de la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el proceso penal ventilado en el asunto principal N° NJ01-P-2003-000064, mediante la cual se CONDENÓ al Ciudadano, arriba mencionado, por el delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Vigente para los hechos, hoy artículo 468 del Código Penal, y se le mantuvo la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD. Así se declara.
En consecuencia queda ANULADA la sentencia recurrida, siendo necesario declararse sentencia propia por parte de esta Alzada, en vi.....