El Tribunal en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Comitente declara: Embargado Preventivamente la cantidad de (Bs.18.300), cuyo titular es, CONSTRUCTORA D `AMICO asimismo le hacer saber a la persona notificada que deberá librar en este acto Cheque de Gerencia por el monto señalado que reposa en la cuenta supra señalada, a favor del Tribunal Comitente: JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÌN, AGUASAY, SANTA BÁRBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 540 del Código de Procedimiento Civil.- En este acto interviene la persona notificada y expone: "Consigno en este acto Cheque de Gerencia Nº 00001266, librado a favor del JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÌN, AGUASAY, SANTA BÁRBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, por un monto de Bs. (Bs. 18.300) de fecha 12 de Julio de 2.012, y del Banco Venezuela, todo de conformidad con lo ordenado por el Tribunal e.....