Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento UNICO: ACUMULAR A LA PRESENTE CAUSA, de conformidad a lo previsto en el artículo 72 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, el asunto NP01-D-2011-000145, a los fines de que se continué a los dos jóvenes IDENTIDA OMITIDA, en mención una sola causa, por ser el mismo hecho delictivo en ambas actuaciones, ordenándose cerrar las piezas contentivas del asunto NP01-D-2011-000145, las mismas quedaran como cuaderno separado parte integrante de la pieza principal y se quedará aperturaza la pieza del NP01-D-2010-000353 que se denominará primera pieza. Asimismo se acu.....