Con todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano NAVEL SEGUNDO YANEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.837.838, por cuanto el hecho que dio inicio al presente asunto, no reviste carácter penal, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el Artículo 468 del Código Penal.- Dándose por terminado el presente proceso penal, de conformidad con el encabezamiento del 319 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia cesan todas las medidas de coerción que puedan existir en contra del referido ciudadano, así como cualquier solicitud existente ante el Siste.....