Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, y dado que la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 185 del Código Civil Venezolano, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
• PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada.
• SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos YASMIN ESTHER PEREZ y HOLGER GUSTAVO MORA FLOREZ, según se evidencia de Acta de Matrimonio celebrado por ante el Registro Civil de Temblador Municipio Libertador del Estado Monagas, en fecha veintinueve (29) de julio del año 2.010.
• TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del .....