Ahora bien, con base a esa ADMISION DE LOS HECHOS realizada conforme a la ley y de manera espontánea, este Tribunal en virtud de sus atribuciones legales CONDENA al ciudadano JOSE RICARDO BLANCO RINCONES, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES Y DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ciudadano: ROBIN RANGEL GRANADO; pena esta que nace de hacer las siguientes consideraciones: Los delitos por los cuales fue condenado son Homicidio Calificado, que establece una pena de 15 a 20 años de prisión, y, Detentación Ilícita de Arma de Fuego, que prevé una pena de 3 a 5 años de prisión; cuyos términos medios son para el delito de homicidio calificado, de 17 años y 6 meses de prisión y para el delito de detentación ilícita de arma de fuego, 4 años de prisión (aplicación Del artículo 37 del Código Penal).....