Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley: ACUERDA el BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, al penado ALEXIS RAFAEL BRITO SÁNCHEZ, Venezolano, nacido en fecha 03-02-1990, de 19 años de edad, con Octavo Grado de instrucción básica, estado civil soltero, hijo de Carmen Yolanda Sánchez (v) y de Meraldo Brito (v), titular de la cédula de identidad Nº 20.919.381, natural de Maturín, Estado Monagas, domiciliado en Calle 3, casa 235, de color verde, urbanización Alto Paramaconi, Maturín, Estado Monagas, teléfono 0416-788-1648; recluido actualmente en el Internado Judicial de esta Entidad Federal, por estar ajustada sus labores en el Internado Judicial de este Estado, a lo establecido en la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de trabajo (Artículo 03 .....