Vista la comunicación  Nro. 00168,   de fecha 13  de Enero de 2010,  procedente  de la  Sub- Delegación A de Maturín,  Estado Monagas,    informando  que   al  penado JESUS ARMANDO  FAJARDO, fue aprehendido en  fecha  12 de Enero de 2010,  remitiendo anexo  acta  del caso, es  por lo que se  hace necesaria la  realización del nuevo cómputo del aludido Penado y a quien  este  Tribunal   por  decisión de  fecha  31  de Mayo de 2005, le  revocara   el  Beneficio  de  Régimen  Abierto,  Ordenando  su  aprehensión, es por lo que se acuerda ejecutar el nuevo cómputo de la pena de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 en relación con el Artículo 482 ejusdem