Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE COTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA LA APREHENSIÓN, en contra del ciudadano YAIR ENRIQUE HERAZO HERNÁNDEZ, venezolano, natural de Maracaibo, de 29 años de edad, soltero, profesión u oficio: COMERCIANTE, portador de la cédula de identidad Nº E.- 80.719.934, hijo de HERAZO RAFAEL (V) y MERIS MATILDE (V), residenciado en el BARRIO UDON PEREZ II, CASA 292, PARROQUIA IDELFONSO VASQUEZ, Municipio Maracaibo, estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACTOS AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42, 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perju.....