Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la presente causa contentiva del Recurso de NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO CON SUSPENSION DE EFECTOS, interpuesto por el ciudadano JOSE RICARDO COLINA B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.113, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PETRO ADVANCE, C.A., anteriormente denominada ACQUAJET TECHNOLOGY, C.A. y posteriormente F&G PETRO ADVANCE, C.A., domiciliada en la Ciudad de Caracas, con sede administrativa en la ciudad de Maturín estado Monagas, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 09 de junio de 1997, bajo el N° 32, tomo 144-A-Pro y registrada bajo el no.....