Es por lo que en vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del Ciudadano: ISIDRO MARCELINO ORTEGA REYES, plenamente identificado, y previo los trámites de Ley, se ordena al Ciudadano Director de Registro Civil Principal del Estado Monagas, para que rectifique la partida de nacimiento inserta bajo el N° 846, Folio 269, Libro 3 del año 1964, del Libro de Registro Nacimientos y Reconocimientos llevados en esa institución, en el punto señalado es decir, su verdadero nombre es ISIDRO y no YSI.....