Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO seguido al ciudadano ORLANDO SEGUNDO RODRIGUEZ, quien es Venezolano, natural de Joaquín del Tigre, Estado Monagas, nacido en fecha 19/05/1973, de 37 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Santa Ofelia Rodríguez (v) y Pedro Segundo Guevara (v), titular de la cédula de identidad N° V-13.654.806, residenciado en la entrada principal, población Joaquín del Tigre, casa s/n, segunda casa a mano izquierda, luego de pasar el primer reductor de velocidad, Estado Monagas; por el lapso de UN (01) AÑO, a partir de esta misma fecha; donde cumplirá obligatoriamente con las condiciones que le fueron impuestas; todo de conformidad con lo pautado en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal.