En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YOLEIDA JOSEFINA CASTILLO MALAVE, en contra de la entidad de Trabajo
SAMPALE BURGUER 2016, C.A., SEGUNDO: Se condena a la demandada, SAMPALE BURGUER 2016, C.A. a pagar a la ciudadana YOLEIDA JOSEFINA CASTILLO MALAVE la cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 8.789,00). por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. No se condena en costas a la parte demanda. Se advierte a las partes que podrán interponer los recursos pertinentes en el lapso legal.-