Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano JUAN CARLOS LOPEZ LOPEZ, venezolano, de 22 años de edad, soltero, de oficio plomero, portador de la cédula de identidad No. 16.689.419, hijo de José Ordóñez y de María López y residenciado en la Urbanización La Popular, sector No. 12, vereda 21, casa No. 16 del Municipio San Francisco Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, faltándole por cumplir con la Sujeción a la Vigilancia la cual será el día 12-02-06.- ASI SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes. Ofíciese a la Intendencia Civil de Mene Grande Municipio Baralt y ofíciese al Departamento de Alguacilazg.....