Analizados los hechos alegados por el actor y los fundamentos de Derecho, así como las pruebas promovidas, evacuadas e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana CARMEN DEL VALLE GARCIA JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.653.254, en contra del ciudadano JULIAN ANTONIO GUZMAN CABELLO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.441.431.