Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio intentada por el ciudadano RUBEN DARIO GONZALEZ RODRIGUEZ contra su cónyuge ciudadana ELINOR MERCEDES AGUILERA MONTAÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil de Venezuela.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal que unía a los ciudadanos RUBEN DARIO GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V- 9.282.965 y ELINOR MERCEDES AGUILERA MONTAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.284.796.