En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA,, se determina que la sancionada ha dado cumplimiento a la Medida Reglas de Conducta por el lapso de NUEVE (09) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS y le falta por cumplir dicha medida por el lapso de UN (01) AÑO DOS (02) MESES Y TRECE (13) DÍAS y SUCESIVAMENTE SEIS (06) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA