Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Juzgado del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, interpuesto por la ciudadana LUISA ELVIRA SALAZAR DIAZ, contra el ciudadano JESUS JIMENEZ, ambos identificados en autos.
SEGUNDO: La parte demandada debe entregar el inmueble al actor, desocupado de objetos y personas.
TERCERO: se condena en costas procesales a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.