Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; DECLARA SIN LUGAR las peticiones interpuestas por la Abg. Rosalía Valderrey, Defensora Pública Quinta Penal de este Estado, en su carácter de Defensa del acusado LUIS RAMON VALDES, titular de la cédula de identidad N° V-17.244.682, ampliamente identificado en autos anteriores; por estimarse, en primer lugar que no se encuentra prescrita la acción penal, y en segundo termino que a esta fecha no han variado las circunstancias que motivaron la revocatoria de las medidas cautelares sustitutivas, impuestas en fecha 07 de Febrero 2007 al acusado en mención.