Mediante decisión se REVOCO la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO y la REANUDACION DEL PROCESO procediendo a dictar la SENTENCIA CONDENATORIA fundada en la ADMISIÓN DE LOS HECHOS que realizó de forma voluntaria el acusado en fecha 16 de octubre de 2013, se CONDENA al ciudadano acusado LEOMAR JOSÉ MARTÍNEZ MOROCOIMA, titular de la cédula de identidad Nº V-24.868.587, a cumplir la pena de DOS (2) AÑO Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del estado Venezolano. No se estima como tiempo probable de cumplimiento definitivo de la pena por cuanto el acusado se encuentra en libertad por este asunto penal. Hágase lo conducente.-