Por lo antes expuesto y con apego a lo establecido en los artículos 12 y 506 del Código de Procedimiento Civil, 1.167 y 1.264 del Código Civil, que este Tribunal Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela: DECLARA; Parcialmente con lugar la presente acción de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, intentada por Pedro Giraldo Marro en contra de Douglas López Manrique, partes estas debidamente identificadas en el considerando primero de esta sentencia; en consecuencia, se condena al demandado a cancelarle al demandante por vía de daños la suma de Dos millones treinta y cinco mil setecientos nueve bolívares con ochenta y ocho céntimos ( 2.035.709,88Bs) suma que comprende mano de obra a obreros y compra de materiales de construcción, mas la suma de seiscientos noventa mil bolívares (690.000BS) por concepto de cánones adeud.....