Por las razones antes señaladas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base a los Artículos 189 y 190 del Código Civil, declara CON LUGAR la Solicitud de CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos ARGENIS JOSÉ GARCÍA SABOLLA y YULMARY JOSEFINA LEONETT RIVERO, anteriormente identificados, y por consiguiente Disuelto el Vínculo Matrimonial que los une. De la comunidad conyugal no existen bienes que liquidar.-Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente sentencia y entrégueselas a las partes.-