/...Conforme a la programación señalada y por cuanto los montos indicados se corresponden con los honorarios que por hora han sido aprobados en el Instrumento Referencial de Honorarios Mínimos, es por lo que considera esta Juzgadora de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Arancel Judicial, que los emolumentos que han de corresponderle a la Licenciada JENIMAR BEATRIZ DELPRETE ALCALA, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.655.636, Contador Público Colegiado bajo el Nº 99.128, producto de la actuación desplegada como auxiliar de justicia en la presente causa y aplicando el procedimiento previsto en la precitada ley, es la cantidad de Treinta Mil Novecientos Sesenta Con 00 Céntimos (Bs. 30.960,00) y su equivalencia en divisa Dólares Norte Americanos es la cantidad de Mil Setenta y Nueve Dólares Con 48 centavos ($. 851,95) tomando como referencia la tasa del BCV del día a Bs. 36,34 por Dólar. Estas cantidades de dinero deberán ser cancelados por la demandada en .....