En tal sentido este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción judicial del trabajo del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
Se hace del conocimiento de las partes que deben anunciar o consignar las pruebas que consideren pertinentes para demostrar su incomparecencia a la Audiencia Preliminar, dentro del lapso legal para interponer el Recurso a que haya lugar. Se deja constancia que la apoderada judicial de la empresa demandada, consignó copia de instrumento Poder, para ser anexado al presente expediente, previa su verificación del original, a la vista del juez. Es todo, firma la parte presente.
Siendo las 9:37 AM; se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
.....