De conformidad con la norma antes citada, en concordancia con el Artículo 269 eiusdem, y sosteniendo la decisión del Máximo TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, en sala de Casación Civil, con ponencia del Magistrado CARLOS OBERTO VÉLEZ, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA, del juicio de DIVORCIO ORDINARIO, intentado por el ciudadano RAMON BELUCIO ALVARADO CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.564.559; Asistido por el Abogado en ejercicio ANTONIO PULFICIO JIMENEZ, abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 171.526, titular de la cédula de identidad Nro. 2.256.952 y de este domicilio; por haber transcurrido el lapso legal previsto en los referidos Artículos, sin que conste en autos la ejecución en ese periodo.....