En virtud de todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida a los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, por la presunta comisión de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD Y LOS INTERESES PUBLICOS Y PRIVADOS, previsto en los Artículo 453 numeral 4 en concordancia con el Artículo 473 numeral 2 del Código Penal Venezolano Vigente al momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano HECTOR JOSE PASERO LISCANO, en virtud de haber operado LA PRESCRIPCION Y EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo establecido en los Artículos 48 Numeral 8, 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los Artículos 103, 109 y 110 del Código Penal Venezolano y Artículo 561 literal "d" y 615 de la Ley Orgánica para la Prot.....