CONDENA al ciudadano JOSE GREGORIO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad Nº 12.908669, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y Seis (06) MESES DE PRISION, por haberlos hallado CULPABLE de la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa de Cosméticos AVON, mas las accesorias contempladas en el artículo 16 del mismo Código ; de conformidad con lo pautado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, dado el procedimiento por admisión de hechos aplicado en el presente asunto; Se exime del pago de costas procesales a los condenados conforme a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 272 ejusdem. Se acuerda mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad decretada en contra del acusado en fecha Veintiuno (21) de Septiembre del año 2009, que pesa sobre el Ciudadano.