Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA SOLICITUD DE LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR FORMULADA POR LA PARTE ACTORA, sobre un inmueble constituido por: una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida distinguida con el Nº: 772, ubicada en la manzana 23 macro parcela VIII, del Conjunto Residencial Laguna Paraíso, situada en el sitio denominada Barrilito, Jurisdicción antes Municipio Maturín San Simón entre las Parroquias San Vicente y Santa Cruz Municipio Maturín del Estado Monagas, la cual tiene una superficie aproximada de: 282 metros cuadrados cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En veintitrés metros con cincuenta centímetros (23,50 mts), con parcela 771, SUR: En veinti.....