Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte del Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público contra de los acusados FRANCISCO JAVIER VARGAS Y DARWIN ALONSO SALAZAR, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVDO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en los artículos 4 y 5 ordinales 1°, 2 y 3° de la Ley sobre el hurto y Robo de Vehículo Automotor, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal en perjuicio del ciudadano LUIS RAFAEL MARTINEZ.