Por todas las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por el Juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, solicitada por la defensa de los imputados ARLIN ANTONIO BOADA FARFAN Y DARWIN ELOY JIMENEZ MORENO, a quienes se les sigue asunto signado con la nomenclatura NP01-P-2010-001123, seguida por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente Venezolano. Así se decide.