Por todos los razonamientos de hecho y derechos  antes expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, del vehículo con las siguientes características vehiculo   MARCA CHEVROLET,  MODELO MALIBU CLASSIC, TIPO SEDAN-, COLOR VINOTINTO, PLACA MDK 47W, AÑO:1983, SERIAL DEL MOTOR: ADV104351 (El cual fue  reemplazado por un Motor 262 Chevrolet  6 Cilindros,  Serial  T0224ACK, SEGÚN FACTURA  02764,  DE FECHA  20 DEL  Mes de  Julio  del año 2007, emitida por  LOYDA IMPORTS C.A),   SERIAL DE CARROCERÍA: D1W69ADV104351, CLASE: AUTOMOVIL USO: PARTICULAR, a la ciudadana SOIRE DEL VALLE RODRIGUEZ ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.951.355, de este domicilio, PARA SU USO Y DISFRUTE,  y en virtud de lo expuesto en la experticia NO PUEDE SER VENDIDO, CANJEADO, SUBASTADO, N.....