Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS  MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA de la CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL del  ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA, tal como ésta contemplado en el Código de Procedimiento Civil en su artículo 267 Numeral 1º en la solicitud presentada por  el  ciudadano  YEN JOSE VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.859.571, sin domicilio especifico y asistido por profesional del derecho.-  Así   se   Declara.----------------------------  
Publíquese,  Regístrese  y  Déjese  copia  de  la  presente  decisión.
Dada, firmada y sellada en la sede de Despachos  del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de 
la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Barrancas del Orinoco a los Veintidós  (22) días del mes de Noviembre  de   2.018.- Años   207° de l.....