Analizados los hechos alegados por el actor y los fundamentos de Derecho, así como las pruebas promovidas, evacuadas e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio Ordinario incoada por el ciudadano OSCAR JESUS LICCIONY CALZADILLA, antes identificado, contra la ciudadana LIGIA MARITZA DIAZ MARQUEZ, antes identificada, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, de haberse declarado CON LUGAR la pretensión, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió.