En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la acción de amparo intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.371.100, abogado en ejercicio, actuando en su propio nombre y representación, inscrito en el IPSA bajo el N° 37.759 y de este domicilio, contra la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE
Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Estadal Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, ac.....