Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por el abogado CARLOS RAFAEL NAVARRO CAMACHO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.284.756 debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 99.085, actuando en nombre y representación de la parte demandante, interpuesto en fecha dos (02) de Mayo de 20255 ,en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha veintiocho (28) de Abril de 2025; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 312 Ord. 1 y 315 del Código de Procedimiento Civil, Se .....