Por las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la presente causa por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION, en consecuencia se EXTINGUE EL PROCESO.